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El Decreto Legislativo N º 217 del 13/10/2005 - que disciplina el nuevo ordenamiento del personal del Cuerpo Nacional de Bomberos - estableció también la dotación orgánica de las funciones del Cuerpo Nacional de Bomberos (Tabla A).
Las competencias del papeles de los dirigentes y directivos gímnico-deportivos estan indicadas en los artículos 59/67; el personal se compone de 13 unidades, como se deduce en la tabla siguiente (extrapolada de la dicha tabla A del Decreto Legislativo n ° 217/2005.):
Personal previsto por el Decreto Legislativo 217/2005 | ||
EL PAPEL DE LOS DIRIGENTES GÍMNICO-DEPORTIVOS | 2 | |
CALIFICACIONES | 1 | |
Primer Dirigente gímnico-deportivo | 1 | |
EL PAPEL DE LOS DIRECTIVOS GÍMNICO-DEPORTIVOS | 11 | |
CALIFICACIONES | 11 | |
Director gímnico-deportivo | ||
Subdirector gímnico-deportivo |
En la primera aplicación, el mismo Decreto , al art. 158 (concursos extraordinarios), previó un concurso extraordinario para exámenes y calificaciones por 8 colocaciones por el acceso a la condición de Subdirector gímnico-deportivo, reservado al personal con las funciones técnicas-operativas del Cuerpo Nacional de Bomberos, que tienen los títulos previstos por el artículo 62, apartado 1, letra d) (máster en educación física o deportiva y sus posibles denominaciones aplicadas por el Reglamento que regula la autonomía curricular de las universidades aprobado por el Decreto del Ministro de Educación, de
Hoy en día hay los siguientes puestos vacantes:
- 2 unidades para